Vol. 9. Núm. 6.
Páginas 418-420 (Junio 2002)

Control de la incapacidad transitoria: ¿mutuas o Servicio Nacional de Salud?

F. Moreu
Doi : https://10.1016/S1134-2072(02)75759-9

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El nuevo marco regulador de la IT que se ha ido configurando a partir del año 1995 ha modificado sensiblemente la situación precedente al concederse a los médicos del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y a los de los MATEPSS (Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales) la capacidad de gestión de esta prestación en lo que se refiere a la enfermedad común.

Esto ha provocado una airada reacción en los ámbitos profesionales de la atención primaria que no ha tenido su repercusión paralela en la sociedad.

Este artículo pretende analizar la trascendencia de este cambio y proponer un punto de encuentro para todos los intereses en juego a partir del respeto a los derechos de los ciudadanos.

Palabras clave

Incapacidad temporal

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